La Dirección de Control tiene como objetivo asesorar y apoyar la gestión del Municipio con el objeto de velar por la legalidad de sus actuaciones.
Las funciones generales de la Dirección son:
- Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.
- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal
- Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras
- Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo Municipal.
- Asesorar al Concejo Municipal en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de esta ley. Efectuar las demás auditorias que le señale el Alcalde.
- Fiscalizar a las corporaciones, fundaciones y asociaciones en que forme parte la Municipalidad. Dicha fiscalización sólo podrá efectuarse respecto del uso y destino de los recursos municipales.
De la Dirección de Control dependen directamente la Sección de Auditoria, la Sección Revisora y la Sección Asesora y Evaluadora.
Art. 28. Sección Revisora.
Tiene como objetivo efectuar los controles y las fiscalizaciones periódicas, verificando en ello la legalidad de los actos municipales.
Art. 29.Sección de Auditoria.
Tiene como objetivo realizar las auditorías operativas, periódicas y las especiales encomendadas por el alcalde o el Concejo Municipal, efectuadas a las unidades municipales.
Art.30.Sección Asesora y Evaluadora.
Tiene por objetivo brindar apoyo a las unidades municipales en todas las materias relativas a procedimientos administrativos como asimismo, evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos institucionales, de las metas colectivas o de desempeño individual, según corresponda.
Art. 31.Dirección de Asesoría de Alcaldía
Las funciones de la Dirección son asesorar a la Alcaldía en la ejecución de obras de desarrollo urbano de la ciudad y de infraestructura municipal, presentando ideas destinadas a generar proyectos para la ejecución de tales obras.