Ilustre Municipalidad de Valparaíso

En qué consiste la exención de los derechos de aseo domiciliario

La exención de aseo domiciliario es un beneficio entregado por la Municipalidad, consistente en liberar del cobro de los derechos de aseo domiciliario, a los contribuyentes que no cuenten con la situación socioeconómica para cancelación por este concepto, y que sean propietarios de un solo predio y lo habiten de manera permanentemente o formen parte de una sucesión hereditaria, acreditando con certificado de defunción del propietario y posesión efectiva, y que además cumplan con uno o más de los siguientes requisitos los cuales son excluyentes entre sí:

  • Registro Social de Hogares de hasta el 60% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad, cuyo registro debe ser en la comuna de Valparaíso, así como el domicilio del postulante a la exención.
  • Personas mayores de 60 años de edad con Registro Social de Hogares (RSH) de hasta el 80% cuyo registro debe ser en la comuna de Valparaíso, así como el domicilio del postulante a la exención. En caso de sobrepasar el tramo de RSH, podrá postular solo si recibe una pensión o jubilación inferior o igual a dos ingresos mínimos mensuales. En caso de no recibir pensión o jubilación se deberá acreditar situación socioeconómica mediante informe social.
  • Personas en situación de discapacidad, inscritas en el Registro
  • Nacional de Discapacidad, cuyo ingreso mensual sea igual o inferior a un ingreso mínimo mensual remuneracional.
  • Se debe considerar Registro Social de Hogares que acredite residencia en la comuna, así como el domicilio del postulante a la exención.

 

¿Qué documentos se deben presentar?

Documentos obligatorios:

  • Cédula de Identidad (Fotocopia).
  • Estado de cuenta Aseo Domiciliario.
  • Registro Social de Hogares en la comuna.

 

Acreditación de requisito según corresponda:

  • Comprobante pago de Pensión Básica Solidaria.
  • Comprobante pago de Pensión o Jubilación.
  • Comprobante de ingreso de persona Discapacitada.
  • Carnet de Discapacidad.
  • Certificado médico de enfermedades catastróficas.

 

Duración del beneficio

La exención así otorgada tendrá una vigencia de dos años se comprenderá que las postulaciones realizadas en el periodo de enero a junio, serán resueltas por decreto Alcaldicio en el mes de Julio y su beneficio será atribuido al año en curso y siguiente.

Las postulaciones realizadas en el periodo de Julio a septiembre, serán resueltas por decreto alcaldicio en el mes de octubre y su beneficio será atribuido al año en curso y siguiente.

Las postulaciones realizadas en el periodo de octubre a diciembre, serán resueltas por decreto alcaldicio en el mes de enero y el beneficio será a partir del año siguiente, respetando la vigencia de dos años

 

Lugar y horarios para solicitarlo

Av. Argentina Nº 864 – 1er. Piso, Plataforma de Atención Social (PAS). De Lunes a Viernes de 8:30 a 16:00 horas.

 

Consideraciones

  • Es responsabilidad del usuario concurrir a las dependencias de la Municipalidad para renovar el beneficio.
  • En caso de que la propiedad esté afecta a contribuciones, el municipio no tiene facultades legales para dejar exento por concepto de los derechos de aseo domiciliario.
  • Las viviendas o unidades habitacionales que tengan un avalúo fiscal inferior a 225 UTM, quedan exentas de manera automática.

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